Edición No.15 Ene. - Mar. de 2005
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Las Sentencias de la Corte con Implicaciones Económicas: Reflexiones con Ánimo Constructivo.
Por: Manuel José Cepeda

XXVIII JORNADAS COLOMBIANAS DE DERECHO TRIBUTARIO
18, 19 y 20 de febrero de 2004

Antes de compartir con ustedes algunas ideas sobre el álgido tema de las sentencias de la Corte Constitucional que tienen repercusiones económicas, quisiera transmitirles mis sentimientos de gratitud. Es mucho lo que debo agradecerle al Instituto Colombiano de Derecho Tributario, orientado por prestantes juristas como su actual Director, el Doctor Alfredo Lewin Figueroa, cuya autoridad en la materia se refleja tanto en su merecido prestigio profesional como en el éxito que ha tenido su libro sobre la jurisprudencia constitucional tributaria, ya citado en varias sentencias de la Corte Constitucional. A él, así como a los demás integrantes de los Consejos Directivo y Académico, quiero agradecerles esta honrosa invitación. Además, le agradezco al Instituto su invaluable colaboración académica en la fascinante pero frecuentemente incomprendida labor del juez constitucional. Los conceptos presentados por el Instituto a la Corte cuando ésta lo ha invitado a pronunciarse sobre disposiciones tributarias sometidas a revisión constitucional, han enriquecido las ponencias de los magistrados sustanciadores y han aportado elementos de juicio de especial relevancia para las deliberaciones de la Corporación. Finalmente, a todos los miembros del Instituto debo agradecerles - ya como académico en receso temporal - la admirable constancia con la cual se reúnen cada año a reflexionar sobre temas de la hacienda pública y del derecho tributario, en jornadas como ésta, que hoy me complazco en clausurar.

Como han sido tres días de intenso trabajo, seguramente estimulado por las intervenciones de los profesores nacionales y extranjeros invitados, no los voy a agobiar con un largo discurso sobre el tema que quiero compartir con ustedes, el de las sentencias constitucionales con repercusiones económicas.

La necesidad de que el debate sea leal y constructivo

Quisiera aclarar que estimo no solo necesario sino saludable que las sentencias de la Corte Constitucional sean objeto de debate académico y también público. No solo porque quizás no hay nada más aburrido que torear en una plaza vacía, sino porque una de las funciones del control constitucional es la de estimular un diálogo democrático sobre el significado de las reglas básicas del juego plasmadas en la Constitución y que a todos nos afectan de alguna u otra manera. Además, del debate académico y público respetuoso siempre surgen ideas constructivas.

Preocupa, sin embargo, que el debate se agote en un tira y afloje por defender el terruño de cada cual. Así como no comparto la tesis de que el derecho constitucional es materia exclusiva de los abogados, no creo que la economía sea un asunto reservado a los economistas.

Pero inquieta más que, en ese tire y afloje, cualquier argumento valga, así encierre una contradicción. Por ejemplo, no se puede al mismo tiempo sostener, primero, que la Constitución de 1991 fue demasiado generosa en derechos, reguló en detalle aspectos que inciden en la formulación de políticas públicas y hace muy fácil atacar las leyes en que se articulan las políticas económicas, y, luego, rasgarse las vestiduras porque la Corte Constitucional profiere a petición de tirios y troyanos tantas sentencias en esas materias donde previamente se ha dicho que se abonó el terreno para el litigio constitucional. La verdad es que la Corte Constitucional no se mete en todo, sino que la meten en todo.

Valga recordar que la Corte no es laxa en materia de admisión de demandas de inconstitucionalidad. En promedio rechaza el 43% de todas las demandas. Lo que sucede es que tampoco puede convertirse la acción de inconstitucionalidad, que es ciudadana y pública, en una especie de recurso de casación. Y en materia de tutelas la Corte es aún más severa: selecciona menos del 5% de los fallos de tutela enviados para eventual revisión.

Además de estas preocupaciones e inquietudes, hay algo que verdaderamente alarma, desde una perspectiva académica. Se trata de la simultaneidad de dos discursos que parecen irreconciliables. Por ejemplo, ante la pregunta de si la confianza ha mejorado hay dos discursos paralelos. El primer discurso es respecto de la Corte. Se dice que ella ha minado la confianza de los agentes económicos porque sus sentencias han creado inseguridad jurídica - algo por lo demás extraño porque lo que ha hecho la Corte es garantizar, en aras de la seguridad jurídica, que las reglas básicas del juego que están en la Constitución se cumplan así ello implique que reglas inferiores a la Constitución sean invalidadas. El segundo discurso es respecto de los buenos resultados económicos alcanzados: se dice, en sentido contrario al primer discurso, que la confianza de los inversionistas privados ha aumentado, que la confianza de los consumidores también, que la credibilidad en el pago de la deuda se ha incrementado a tal punto que han disminuido las tasas de interés y han bajado los spreads de bonos colombianos, en fin.

Mi invitación, muy comedida y respetuosa, es a que el debate no solo continúe sino que se intensifique y profundice, pero que ello ocurra partiendo de los hechos. Es a esos hechos a los que quisiera referirme en esta oportunidad.

Voy a resaltar tres hechos que estimo claves: (i) la controversia sobre las sentencias con impacto económico es de vieja data, (ii) la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre el tema ha evolucionado mucho dentro del mantenimiento de unas constantes imperiosas, y (iii) en otros países, aún del norte, ha pasado lo mismo con las cortes constitucionales, no precisamente por un supuesto tropicalismo jurídico. .

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